Libro de órdenes y asistencias: qué es, custodia y versión digital

Libro de órdenes y asistencias: norma que lo regula, quién lo custodia, cómo funciona el Libro de Órdenes Digital del CSCAE y en qué se diferencia de los demás.

Por Isabel12 min de lectura

El Libro de Órdenes y Asistencias es el registro oficial en el que el director de obra y el director de la ejecución anotan las visitas, incidencias y órdenes que se producen durante la obra. Es obligatorio en toda obra de edificación según el artículo 4 del Decreto 462/1971, la LOE obliga a ambos técnicos a consignar en él sus instrucciones y el Código Técnico lo incluye en la documentación obligatoria del seguimiento de la obra.

No es lo mismo que el acta de visita, que es un documento privado de seguimiento, ni que el Libro de Incidencias, que es el de seguridad y salud y lo custodia el coordinador. Tampoco que el Libro de Subcontratación, que lleva cada contratista. Desde julio de 2020 existe además una versión digital promovida por el CSCAE (LO_D), a la que se sumaron todos los colegios salvo el COAM, que tiene su propio libro electrónico.

Aquí tienes la base normativa, quién escribe y quién guarda cada libro, cómo funciona el libro digital, una tabla comparativa y pautas para redactar órdenes que se entiendan y se puedan defender.

Qué es y qué norma lo regula

La regulación es antigua pero sigue vigente. A octubre de 2026, el BOE no recoge ninguna derogación ni modificación de la orden ministerial de 9 de junio de 1971; solo la Orden de 17 de julio de 1971, que precisó su ámbito, y una corrección de erratas. Del Decreto 462/1971 solo se ha modificado el art. 3.

NormaQué dice
Decreto 462/1971, art. 4"En toda obra de edificación, será obligatorio el Libro de Ordenes y Asistencias en el que los Técnicos Superior y medio deberán reseñar las incidencias, ordenes y asistencias que se produzcan en el desarrollo de la obra"
Decreto 462/1971, art. 5.2En obras de promoción privada, la certificación y el certificado final de obra no pueden visarse sin la presentación simultánea del libro "debidamente cumplimentado"
Orden de 9 de junio de 1971Formato, diligencia por el colegio de arquitectos, hojas por triplicado, custodia en obra y presentación al final
Orden de 17 de julio de 1971Limita la orden anterior a las obras cuyo proyecto es competencia de arquitectos
LOE, arts. 12.3.c y 13.2.dEl director de obra consigna "las instrucciones precisas para la correcta interpretación del proyecto"; el director de la ejecución, "las instrucciones precisas"
CTE, Parte I, Anejo II.1Forma parte de la documentación obligatoria del seguimiento de la obra; al terminar, el director de obra la deposita en el colegio o en la Administración competente

La Orden de 1971 establece que el libro lo facilita y diligencia el colegio de arquitectos que visó el proyecto, cuando el arquitecto director comunica el comienzo de la obra (art. 2). Las hojas van foliadas por triplicado: en cada juego, una amarilla que queda en el libro y dos blancas (art. 3).

Ojo con un matiz de nombres: el CTE dedica su Anejo II a la "documentación del seguimiento de la obra", mientras que la "documentación de la obra ejecutada" que forma el Libro del Edificio está en el art. 7 de la LOE y el art. 8.1 del CTE. El Libro de Órdenes es lo primero; se deposita en el colegio, no se entrega al usuario.

Quién lo custodia y quién escribe

Según el art. 4 de la Orden de 1971:

  • El libro "estará en todo momento en la obra", a disposición del arquitecto director y del arquitecto técnico o aparejador. En la práctica lo guarda físicamente el jefe de obra o el encargado.
  • Escriben el director de obra y el director de la ejecución. Consignan visitas, incidencias y órdenes.
  • Cada asistencia, orden o instrucción lleva fecha, firma del técnico que la da y el "enterado" del constructor, o del técnico o encargado que lo represente.
  • La hoja amarilla queda en el libro. Las dos blancas se separan: una para el director de obra y otra para el director de la ejecución.

El promotor no escribe en el libro y el coordinador de seguridad y salud tiene su propio libro, el de Incidencias. Al terminar, el director de obra presenta el libro con las hojas amarillas en el colegio junto con el certificado final de obra (art. 5 de la Orden) y deposita la documentación del seguimiento (CTE, Anejo II.1.4).

Si dejas la obra antes de terminarla, el libro también es la pieza central de la renuncia: los colegios piden dejar constancia del estado de la obra en él y aportar las hojas cumplimentadas. Lo tienes desarrollado en el artículo sobre funciones y responsabilidades del director de obra.

El Libro de Órdenes Digital del CSCAE

El LO_D se puso en marcha en julio de 2020, impulsado por los colegios de arquitectos con la coordinación del CSCAE y desarrollado por el Colegio de Arquitectos de Jaén. Según la nota del CSCAE, se adhirieron todos los colegios excepto el COAM, que ya tenía su propio libro electrónico desde mayo de 2018. El COAM lo mantiene: su guía de visado de 2026 recoge un libro de órdenes electrónico propio y, desde 2023, un modelo en PDF para imprimir.

Cómo funciona el LO_D, según el manual de usuario difundido por los colegios:

  • Acceso: versión web (pensada para el estudio) y apps para Android e iOS (para obra, con posibilidad de grabar la orden sin cobertura y emitirla después). Te registras con tu número del CSCAE y tu NIF.
  • Emisión: cada libro lo emite el colegio del director de obra, con la contraprestación que fije cada colegio, igual que el de papel. Pídelo en el departamento de visado de tu colegio.
  • Agentes: solo el director de obra da de alta a los demás (director de ejecución, coordinador de seguridad y salud, constructor). Cada agente recibe un correo y, a partir de ahí, recibe las órdenes por correo electrónico.
  • Órdenes: título, descripción, geolocalización opcional, imágenes adjuntas y firma (imagen de la firma o firma táctil). Se numeran por fecha y se puede guardar un borrador.
  • Gestión: número de hojas ilimitado; libros activos, aparcados (obras paralizadas) o cerrados.
  • Cierre: al terminar la obra se cierra el libro y se genera un PDF con portada, todas las órdenes y contraportada, que es lo que presentas en el colegio con el certificado final.

¿Vale el libro digital sin imprimirlo?

La norma no se ha adaptado. El propio manual del LO_D dice que la herramienta "sustituirá al Libro de Órdenes en Papel cuando se modifique la Orden Ministerial de 9 de junio de 1971", y la nota del CSCAE de 2020 permitía usarlo "siempre que se acabe imprimiendo en papel para su tramitación ordinaria". A octubre de 2026 esa modificación no consta en el BOE.

En la práctica, con el visado telemático, hay colegios que ya admiten el libro en formato electrónico al visar el certificado final. El COAM, por ejemplo, admite en su guía de visado de 2026 la presentación del libro escaneado y firmado digitalmente, además de los ficheros de su libro electrónico. Como el criterio depende de cada colegio, confirma con el tuyo el formato exacto en que debes presentar el libro y conserva siempre el PDF de cierre.

Diferencias con otros documentos de obra

Acta de visita de obra

Es un documento privado, sin regulación específica. Recoge con detalle el estado por partidas, las instrucciones con responsable y plazo, las fotos y los pendientes. Complementa al libro, no lo sustituye: la orden con valor reglamentario es la del libro con su "enterado". Tienes un modelo completo en el artículo sobre el acta de visita de obra.

Libro de Incidencias

Es el libro de seguridad y salud del art. 13 del RD 1627/1997. Sirve para el control y seguimiento del plan de seguridad y salud, tiene hojas por duplicado y lo facilita el colegio del técnico que aprobó el plan (o la oficina de supervisión en obra pública). Lo tiene el coordinador en fase de ejecución, o la dirección facultativa si no es necesario designar coordinador. Pueden anotar la dirección facultativa, contratistas, subcontratistas, autónomos, responsables de prevención, representantes de los trabajadores y técnicos de la Administración. Quien lo tiene notifica cada anotación al contratista afectado y a los representantes de sus trabajadores, y remite copia a la Inspección de Trabajo en 24 horas si la anotación recoge el incumplimiento de una advertencia anterior o una paralización de los trabajos (art. 13.4, en la redacción del RD 1109/2007).

Un detalle que afecta al director de obra: si cualquier miembro de la dirección facultativa ve un incumplimiento de seguridad, debe advertir al contratista y dejar constancia en el Libro de Incidencias (art. 14 del RD 1627/1997), no en el de órdenes.

Libro de Subcontratación

Lo exige el art. 8 de la Ley 32/2006 a cada contratista, y lo desarrolla el RD 1109/2007. Lo habilita la autoridad laboral, permanece en obra y recoge por orden cronológico cada subcontratación, su nivel y el objeto del contrato. La dirección facultativa interviene en un punto concreto: anota su aprobación cuando se amplía excepcionalmente la cadena de subcontratación (art. 5.3 de la ley). El contratista lo conserva cinco años después de terminar su participación y, en obras de edificación, entrega una copia al director de obra para el Libro del Edificio.

Documentación del control de calidad

El CTE no exige un "libro" con ese nombre: exige que el director de la ejecución recopile la documentación del control de recepción de productos, de ejecución y de obra terminada, y que la deposite en el colegio al terminar (art. 7 y Anejo II.2). Varias comunidades autónomas regulan además un libro o plan de control con formato propio, así que revisa la normativa de la tuya.

Tabla comparativa de los libros de obra

DocumentoQuién lo emite o diligenciaObligatorioPara qué sirveQuién lo conserva
Libro de Órdenes y AsistenciasColegio de arquitectos que visa el proyecto (papel, PDF o digital)Sí, en toda obra de edificación (Decreto 462/1971)Registrar visitas, incidencias y órdenes de DO y DEOEn obra durante la ejecución; al final, depositado en el colegio por el DO
Acta de visitaLa redacta la dirección facultativaNoSeguimiento detallado por partidas, pendientes y fotosLa dirección facultativa y los destinatarios
Libro de IncidenciasColegio del técnico que aprueba el plan de seguridad, u oficina de supervisiónSí (RD 1627/1997)Control y seguimiento del plan de seguridad y saludCoordinador en ejecución, o DF si no hay coordinador; depositado al final con la documentación del seguimiento
Libro de SubcontrataciónAutoridad laboral (habilitación)Sí, para cada contratista que subcontrate (Ley 32/2006)Registrar la cadena de subcontrataciónEl contratista, cinco años tras su participación; copia al DO
Documentación del control de calidadLa recopila el director de la ejecuciónSí (CTE art. 7 y Anejo II.2)Acreditar el control de recepción, ejecución y obra terminadaDepositada en el colegio por el DEO

Qué anotar y cómo redactar órdenes claras

Qué anotar

  • El replanteo y el comienzo de la obra.
  • Cada asistencia, aunque no haya órdenes: "Visita de obra. Sin incidencias". Prueba que fuiste.
  • Las instrucciones que interpretan o precisan el proyecto.
  • Las modificaciones, con referencia a la conformidad del promotor.
  • El rechazo de materiales o unidades de obra y la orden de demoler o rehacer.
  • Las solicitudes de ensayos, pruebas o documentación de productos.
  • Los cambios de agentes (constructor, director de ejecución, subcontratas relevantes).
  • El estado de la obra si cesas en la dirección, y el fin de obra, que es el paso previo al acta de recepción.

Cómo redactar

Una orden clara se entiende sin haber estado en la visita. Pautas que funcionan:

  1. Una orden, un asunto. Si hay cinco temas, cinco órdenes numeradas.
  2. Localización con referencia de plano, eje o estancia.
  3. Verbo en imperativo y resultado medible: "ajustar", "demoler", "aportar", no "se debería revisar".
  4. Destinatario y plazo.
  5. Qué no se puede hacer hasta que se cumpla, si es el caso.
  6. Remisión al acta de visita o al plano adjunto cuando la orden necesita detalle gráfico.

Ejemplo ilustrativo de la diferencia:

MalBien
"Revisar forjado.""Planta 1, vano entre ejes B y C: se observa flecha visible en el encofrado antes del hormigonado. No hormigonar hasta comprobar apuntalamiento según plano E-05. Constructor. Antes del hormigonado previsto para el día 12."

Evita juicios sobre las personas y las discusiones en el libro. Si hay un desacuerdo con el constructor, la orden se escribe igual, con hechos y referencias, y la discusión va por otra vía.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo es obligatorio el libro de órdenes?

El Decreto 462/1971 lo exige "en toda obra de edificación". La Orden de 9 de junio de 1971 lo concreta para las obras de promoción privada, que es donde lo diligencia el colegio de arquitectos, y la de 17 de julio de 1971 aclara que ese régimen se aplica a las obras cuyo proyecto es competencia de arquitectos. En la práctica, se abre en toda obra con proyecto y dirección facultativa, incluidas las reformas que son edificación según el art. 2.2 de la LOE. Si dudas en una obra menor, pregunta en tu colegio.

¿Qué pasa si se pierde el libro?

Comunícalo al colegio por escrito cuanto antes y deja constancia del estado de la obra en ese momento. Algunos colegios aceptan, al liquidar la obra, una carta explicativa en lugar del libro (así lo indica el COAM en sus preguntas frecuentes de visado). Conserva tus copias blancas o los PDF: son tu prueba.

¿Sirve un correo electrónico en lugar de una orden en el libro?

Como medio de comunicación, sí, y deja rastro. Pero la LOE habla de consignar las instrucciones en el Libro de Órdenes y Asistencias, así que lo prudente es anotar en el libro las órdenes relevantes, aunque sea con remisión al correo o al acta.

¿Puede el coordinador de seguridad escribir en el libro de órdenes?

El libro de órdenes es de la dirección facultativa. El coordinador anota en el Libro de Incidencias. En el LO_D del CSCAE, el director de obra puede dar de alta al coordinador como agente, pero las órdenes de seguridad siguen teniendo su sitio en el Libro de Incidencias.

Fuentes